Estimados
Socios:
Cumplimos en informarles sobre las actividades
que estamos realizando ante los distintos organismos
gubernamentales en defensa de vuestros intereses:
•
Proyectos (2) de Ley de Talles originados en
la Legislatura de la Ciudad Autónoma
de Bs. As. (impone tener oferta de todos los
talles tanto para mujeres y hombres de cualquier
edad).
Nos hemos reunido
en varias oportunidades con el diputado Bussaca
y con los asesores legislativos, y los hemos
convencido en principio de la imposibilidad
del cumplimiento de la ley, poniendo énfasis
en que la mejor manera de defender a los consumidores
era encarar el estudio y armado de un único
sistema antropométrico nacional que permita
regular el mercado.
En una reunión posterior el Consejo de
asesores nos comunicó que los diputados
que habían presentado originariamente
los dos proyectos aceptaron la recomendación
con lo que los proyectos de exigir todos los
talles han quedado descartados y sigue adelante
con la modificación de establecer reglas
transparentes para los consumidores a través
de la creación del sistema aludido.
De haber prosperado alguno de los proyectos,
ya siendo ley hubiera sido imposible de cumplir
por las empresas y esto hubiera originado una
multa por cada local inspeccionado de $ 5.000.-

• Ley 12665, D.R. 866/05 y disposición
478, que regula los talles para mujeres adolescentes
en el ámbito de la Provincia de Buenos
Aires.
Se
ha enviado una nota firmada conjuntamente con
la Cámara Industrial Argentina de la
Indumentaria al Subsecretario de Industria,
Comercio y Minería del Ministerio de
la Producción de la Provincia de Buenos
Aires en donde a modo de resumen le ratificamos
que interpretamos que la ley resulta inconstitucional
por atentar a la libertad de comercio, por lo
que nos reservamos la instancia judicial.
Asimismo, le informamos que resulta de cumplimiento
imposible porque ignora las características
de la producción, distribución
y comercialización de prendas de vestir,
no respeta target, posicionamiento marcario,
y que resulta imprescindible previo al dictado
de cualquier normativa referida a talles, realizar
un relevamiento antropométrico nacional.
Que el anexo que acompaña a la disposición
no son medidas de las normas IRAM, no está
definido qué se entiende por mujer adolescente.
Por último se le solicita que la autoridad
de aplicación sea provincial (16 inspectores
para todos los rubros y para toda la provincia)
y no municipal para asegurar idoneidad e imparcialidad.
• Informe Nº 162 – 01 de
la Dirección Técnica Tributaria
sobre Impuesto a los Ingresos Brutos de la Pcia.
de Bs. As. – Franchising, su gravabilidad,
base imponible y alícuota aplicable.
Las fábricas de la pcia.
de Bs. As. se encuentran exentas de abonar el
impuesto a los Ing. Brutos, pero la Dirección
de Inspecciones ha interpretado que en los casos
en que la facturación va dirigida a una
red de franquiciados, de no existir facturación
mensual de regalías, deducen que en la
facturación del producto se incluye una
parte de las regalías. De acuerdo a esta
posición realizan el cálculo del
impuesto no percibido sobre la facturación
de los últimos 5 años a la red de
franquiciados y realizan el reclamo correspondiente.
En función de lo antedicho
se realizó una reunión con los asesores
del Sr. Montoya para explicar la posición
y la conclusión es que se ha armado un
Comité Técnico a fin de presentar
un escrito que solicite definiciones sobre el
particular y limite el accionar de las futuras
inspecciones.
•
Cierre de los Centros Comerciales los días
domingo
Conjuntamente con la Cámara Argentina de
Shopping Centers hemos realizado un frente común
a fin de que esta propuesta no prospere.

• Proyecto
de regulación del servicio de reparto de
sustancias alimenticias, mercaderías varias
y/o mensajería en ciclomotores y moto vehículos,
presentado por la diputada Pérez de la
Legislatura porteña
Después de reuniones con
la diputada y su asesor hemos conseguido que a
través de nuestros comentarios el proyecto
fuera demorado un año, esperamos que nos
envíen el texto actualizado a fin de corroborar
si se han tenido en cuenta los cambios solicitados.

• Proyecto de Ley Nacional
de traslado de la fecha del “Día
del Padre” al día 24 de agosto en
conmemoración del día en que el
Gral. San Martín fue padre.
Nuestra institución junto
a: CAME, la Cámara Argentina de Comercio,
la Cámara Industrial Argentina de la Indumentaria,
la Cámara del Calzado, la Cámara
de las Manufacturas del Cuero y Afines, la Cámara
de Shopping Centers, entre otras hemos enviado
varias notas al Senado de la Nación, a
fin de que esa fecha se la identifique como el
“Día del Padre de la Patria”
y no genere cambios en los usos y costumbres,
es decir mantener el 3er. Domingo de junio como
fecha de festejo, y que no sea coincidente con
la fecha de conmemoración del “Día
del Niño”.

• Proyecto
de Ley de Comercio Interior presentado por el
bloque de diputados oficialista en la Legislatura
porteña.
Hemos convencido en las reuniones
de los asesores parlamentarios al Poder Ejecutivo
(puede ejercer su veto) de la imposibilidad y
practicidad de este proyecto que regula absolutamente
todas las actividades comerciales de la Ciudad
imponiendo reglas que van de la imposibilidad
de instalar determinado tipo de negocios hasta
la casi obligatoriedad de contratar a personas
que vivan en la capital.
A los efectos de impedir o minimizar el trámite
o el alcance de dicho proyecto es que hemos armado
un frente común con: la Cámara Argentina
de Comercio, la Cámara Industrial Argentina
de la Indumentaria, la Cámara de Shopping
Centers y la Cámara del Plástico.

• Ley Pymes
25300 y Ley Pymes 24467 actualizada
En la Comisión para el Desarrollo
de las Pymes de la Cámara Arg. de Comercio
a la cual pertenecemos estamos analizando el alcance
de dichas leyes y presentaremos un documento al
Poder Ejecutivo Nacional donde expresamente solicitamos:
minimizar la carga tributaria, desistir con el
cobro del débito a los cheques, eliminar
los intereses en el cobro de deudas tributarias,
implementación de subsidios, desgravación
de actividades, etc.
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